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TE CONTAMOS TODO LO QUE TENÉS QUE SABER PARA LA APERTURA DE TU CUENTA ESPECIAL

Esta cuenta podrá ser utilizada por personas humanas o jurídicas, residentes en el país dedicadas a la actividad agrícola que vendan mercaderías en el marco del Decreto 787/2022 a quien realice su exportación en forma directa o como resultante de un proceso productivo realizado en el país (incluidos los sujetos indicados en la Comunicación "C" 93169.

A partir del 28.11.22 y hasta el 30.12.22, se admitirán acreditaciones de pesos argentinos resultantes de ventas bajo el régimen del Decreto 787/2022. "C" 93169.


Los clientes deberán presentar una declaración jurada ante la Entidad respecto de cada depósito y la documentación respaldatoria de la venta.


Por el resto de las características, son de aplicación las disposiciones establecidas para los depósitos en caja de ahorros (de tratarse de titulares: personas humanas) y para las cuentas corrientes especiales para personas jurídicas (en los casos de demás titulares).

Los saldos de estas cuentas tendrán una retribución diaria equivalente a la variación en el tipo de cambio que registre el dólar estadounidense en el día hábil anterior –Comunicación "A" 3500– del Banco Central de la República Argentina.

La apertura se encuentra disponible en Casa Central. Consúltanos en empresas@piano.com.ar


Por inconvenientes relacionados a la apertura de la cuenta enviar un mail a analisistecnicolegal@bcra.gob.ar